La Plaza de Pesaje fija automática "Agua Amarilla" se construyó en el kilómetro 62,8 de la Autopista del Itata (Ruta 152), en febrero de 1998, con la instalación de una Plaza de Pesaje compuesta por dos estaciones de control denominadas IT-12, que controla a los vehículos de carga y pasajeros que se dirigen a Penco, y la estación IT-34, que lo hace hacia Chillán. El inicio de las operaciones de la Plaza de Pesaje en modo de marcha blanca, se realizó el día 20 de octubre de 1998. Con la presencia de un supervisor, dos operadores, un inspector fiscal de pesaje, y un funcionario de Carabineros de Chile, se da inicio al control de pesos con denuncios por sobrepeso, el día de febrero 02 de 1999. Manteniéndose dicho control de pesos hasta el día de hoy.
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Objetivo:
El objetivo de la Plaza de Pesaje de "Agua Amarilla" es controlar el cumplimiento de la normativa de pesos máximos de vehículos y carga en el Acceso Norte a Concepción.
Ambas estaciones, están compuestas por una balanza selectiva (sistema dinámico automático de pesos por eje), con la función de seleccionar a los vehículos, que en su tránsito por ella, pueda detectar de forma estimada a los transportes con posible sobrepeso. Además de una segunda balanza punitiva (sistema dinámico/estático semiautomático de pesos por eje), encargada de fiscalizar y denunciar con precisión a los vehículos que transiten con sobrepeso.
| EJE | RODADO | ESQUEMA | LIMITE (TON) |
| SIMPLE | SIMPLE | |
7 |
| SIMPLE | DOBLE | |
11 |
| DOBLE | SIMPLE | |
14 |
| DOBLE | DOBLE/SIMPLE | |
16 |
| DOBLE | DOBLE | |
18 |
| TRIPLE | SIMPLE | |
19 |
| TRIPLE | DOBLE/SIMPLE | |
23 |
| TRIPLE | DOBLE | |
25 |
| PESO BRUTO TOTAL | P.B.T. | |
45 |
Tabla de Sanciones (Ley n° 19.171):
| EXCESO DE PESO (TON) | TIPO DE INFRACCIÓN | SANCIONES EN UTM |
| 0.01 – 1.00 | LEVE | 2.00 a 3.00 |
| 1.01 –2.00 | MENOS GRAVE | 3.01 a 4.00 |
| 2.01 – 5.00 | GRAVE | 4.01 a 8.00 |
| Superior a 5.00 | GRAVÍSIMA | 8.01 a 50.00 |
| Vehículo cargado estacionado con o sin conductor por 3 horas o más en el espacio anterior de 3 Km. de una Plaza de Pesaje Fija o Móvil. | GRAVÍSIMA | 8.01 a 50.00 |
| Negativa del conductor sin causa justificada para que el vehículo sea sometido a control. | GRAVÍSIMA | 8.01 a 50.00 |
| SANCIONES POR REINCIDENCIAS (ÚLTIMOS 24 MESES) | ||
| - Dos infracciones Gravísimas. - Más de tres infracciones Graves. - Más de cuatro infracciones Menos Graves. - Más de cinco infracciones Leves. |
Multa que oscila entre 10 y 50 UTM susceptible de ser sustituida por una suspensión de actividades del vehículo por un lapso de tres a seis meses. | |